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 Programaciones y seguro de responsabilidad civil

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2 participantes
AutorMensaje
ivancardi
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Cantidad de envíos : 43
Fecha de inscripción : 17/09/2008

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MensajeTema: Programaciones y seguro de responsabilidad civil   Programaciones y seguro de responsabilidad civil Icon_minitimeMiér 08 Sep 2010, 10:16 pm

Hola a todos y todas:

Llevo varios meses pensando en el tema de la negligencia en nuestro ámbito profesional. Me gustaría saber la opinión de los que participan en este foro.

Me surgen las siguientes cuestiones:

1ª.- ¿Cómo debo tener mi PD para que en caso de un accidente, no nos acusen por negligencia? Todos sabemos que no estamos libres de que algún día nos pase algo con el alumnado. P, ero para tener todo muy atado, ¿ Qué debemos hacer, revisar o concretar dentro de nuestras programaciones? En casos de denuncia, creo que la inspección pide las programaciones a los departamentos. Por eso, ¿no sería importante incluir un apartado de aspectos de seguridad básica?, o mejor colocarlo en las Programaciones de Aula, dentro de la metodología?, ...

2ª.- ¿Dónde puedo encontrar qué acciones son culposas o negligentes dentro de nuestro ámbito? ¿Dónde se encuentra esa normativa, en los ROF ?

Me gustaría saber que opina la gente a cerca de este importante tema.

Un saludo a todos y todas y buen comienzo de curso.



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Masculino Cantidad de envíos : 1193
Localización : Gijon. Asturias
Fecha de inscripción : 03/09/2008

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MensajeTema: Re: Programaciones y seguro de responsabilidad civil   Programaciones y seguro de responsabilidad civil Icon_minitimeMiér 08 Sep 2010, 10:58 pm

Hola Iván, que bueno volver a verte por el foro. Very Happy
Como lo que pides son opiniones y no respuestas justificadas y argumentadas, me aventurare a dar mi opinión, que no tiene porque coincidir con la verdad inmutable ni con el sentido común, ni mucho menos con la opinión del poder judicial, aunque si tuviera que elegir, me quedaría con una conexión con esta última... alla voy...

ivancardi escribió:


1ª.- ¿Cómo debo tener mi PD para que en caso de un accidente, no nos acusen por negligencia? Todos sabemos que no estamos libres de que algún día nos pase algo con el alumnado. P, ero para tener todo muy atado, ¿ Qué debemos hacer, revisar o concretar dentro de nuestras programaciones? En casos de denuncia, creo que la inspección pide las programaciones a los departamentos. Por eso, ¿no sería importante incluir un apartado de aspectos de seguridad básica?, o mejor colocarlo en las Programaciones de Aula, dentro de la metodología?, ...

Respecto a este tema opino que lo más importante es que lo que haces en el aula se ajuste a lo que tienes programado. Si programas balonmano y tienes un accidente haciendo acrosport, pues puedes tener un problema. Respecto a esto, creo que se puede incluir en la programación esos pequeños cambios que siempre hay que hacer y que muchas veces tienen que ver con la meteorología. Por ejemplo, si programamos una actividad que tiene que ser fuera... y no puede ser... que este "previsto" que se hace en estos casos. Respecto a la seguridad básica, hay unidades didácticas que pueden o deben incluirlo (seria programacion de aula, evidentemente) como una de gimnasia o acrosport, por ejemplo... Luego hay aspectos generales muy proclives a accidentes como resbalones en vestuarios, golpes por estar haciendo el tonto, que pueden recogerse en las normas e comportamiento y como tales en las programaciones docentes...
Con todo... desde el momento que perdemos contacto visual con los alumnos (y esto es inevitable en algún momento por pequeño que sea...) estamos vendidos. En cuanto pregunten donde estaba el profesor y alguien diga que estaba haciendo lo que sea, de espaldas a algún alumno, la justicia implacable caera sobre nosotros por no atender a nuestros alumnos suficientemente bien... cada uno que saque sus propias conclusiones...


ivancardi escribió:


2ª.- ¿Dónde puedo encontrar qué acciones son culposas o negligentes dentro de nuestro ámbito? ¿Dónde se encuentra esa normativa, en los ROF ?



Lamentablemente, no creo que exista tal normativa. Como mucho, jurisprudencia de lo acontecido en casos anteriores y me aterra mirar eso...
Si eres negligente o no lo decidira la consejeria y en última instancia, un juez, esperemos que asesorado por profesionales pero de esto último, como mínimo... dudo. La única recomendación al respecto es contar con un buen seguro que nos pueda cubrir ante tales casos. En nuestro caso, contamos el del COLEF al inscribirnos como ejercientes, además de servicio jurídico, lo cual ha sido (y es) una de las razones de más peso para estar colegiado.

Espero haberte ayudado en algo y a ver si te vemos más (aunque sea virtualmente en el foro Wink)
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