De la lectura de la resolución de 11 de diciembre de la que os dejo un enlace
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Normativas/Ficheros_Asociados_a_Las_Normativas/IRPF/resolucionde11diciembre.pdf
Efectivamente Sr. Imperioso, parece ser que los 2 puntos menos son únicamente en la retención mensual (impuesto pagado a cuenta) y que, después de hacer cuentas con hacienda en junio, quedarás exactamente igual en el cómputo anual.
O sea, simplemente te están adelantando la devolución correspondiente por pago de vivienda habitual y en junio la devolución que te corresponderá será mucho menor que en años anteriores.
De todas maneras, en finanzas, siempre se ha dicho que el dinero presente vale más que el dinero futuro (por múltiples motivos: inflación, coste de oportunidad, etc), por lo que aún puede ser interesante. (Más vale pájaro en mano...)
En todo caso, el texto no me parece claro del todo
Que decida cada uno/a
Saludos.