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 CAMBIA LA OPOSICION?????

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Miguel Sariego
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Maria
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MensajeTema: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeVie 03 Jun 2011, 7:09 pm

Según un borrador que me ha llegado de los sindicatos:

Artículo 20. Carácter de las pruebas.
1. Cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
2. Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos en los Cuerpos de
Maestros, de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de Profesores de Escuelas
Oficiales de Idiomas se desarrollarán en el idioma correspondiente.
3. En todas las especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas,
estas habilidades deberán ser evaluadas en alguna de las pruebas.
Artículo 21. Pruebas de la fase de oposición.
En los procedimientos de ingreso a los cuerpos de funcionarios docentes la fase de
oposición constará de dos pruebas que se ajustarán a lo que se indica a
continuación:
1. Primera prueba.
Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos científicos de la
especialidad docente a la que se opta. Constará de dos partes, que serán valoradas
independientemente y serán eliminatorias.
Parte A: Consistirá en el desarrollo por escrito de 10 o 15 preguntas cortas sobre
todo el contenido del temario. Esta prueba, basada en las competencias científicas,
determinará el nivel de conocimientos y capacidades correspondientes a la
especialidad.
13
Parte B: De carácter práctico. Estará formada por una serie de pruebas o ejercicios
que permitan comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el
dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad.
Esta primera prueba tendrá una valoración de 0 a 10 puntos, correspondiente a la
suma de las puntuaciones de las dos partes. Cada una de ellas se valorará de 0 a 5
puntos, con dos decimales, debiendo alcanzar el aspirante, para la superación de
cada parte, una puntuación igual o superior a 2,50 puntos.
2. Segunda prueba.
Tendrá por objeto determinar el nivel de adquisición por parte del aspirante de la
competencia pedagógica y didáctica, así como el dominio de las capacidades
necesarias para el ejercicio docente y las habilidades didácticas correspondientes a
la especialidad a la que se opte. Se valorará especialmente la incorporación de las
TICs a la práctica docente.
Consistirá en la preparación y exposición oral de la organización de las actuaciones
necesarias ante un supuesto práctico, de entre tres propuestos por el Tribunal,
relacionados con el ejercicio de las funciones docentes de la correspondiente
especialidad.
Para la preparación y exposición de las actuaciones ante el supuesto práctico el
aspirante dispondrá de una hora de preparación y podrá utilizar el material auxiliar
que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión,
presentación informática o equivalente que deberá ser entregado al término de
aquélla.
Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos, con dos decimales, debiendo alcanzar el
aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a 5,00 puntos.


Articulo 24. Puntuación
1. La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 3 puntos, obtenidos
mediante la suma de las valoraciones correspondientes a la experiencia docente y a
la formación académica.
En caso de que la citada suma sea superior a 3, la puntuación de esta fase será de
3 puntos.
2. La experiencia docente se valorará con un máximo de 3 puntos, de la siguiente
manera:
Los 4 primeros años: 0,4 puntos por año
Del 4º al 8º: 0,2 puntos por año
Del 8º al 12º: 0,1 puntos por año
Siguientes: 0,02 puntos por año


Nos van a volver locos...


Última edición por Maria el Vie 03 Jun 2011, 7:24 pm, editado 1 vez
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeVie 03 Jun 2011, 7:17 pm

la programación paso a mejor vida????
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeSáb 04 Jun 2011, 12:34 am

puede que sí, puede que no.
La parte b de la primera prueba, queda un poco en el aire (podría ser algo similar a la programación, o no)

Si mal no recuerdo, hace poco tiempo, había salido también otro borrador, en el que, además del nuevo temario, establecía el posible nuevo baremo y mantenía los examenes anteriores (por ejemplo, se aumentaba el número de temas y se reducía las bolas extraídas)

De todas maneras, la parte teórica, preguntas cortas... no se, prefiero más desarrollar un tema, aunque auguro muchos cambios en este tema
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeSáb 04 Jun 2011, 1:15 am

Más cosas que he visto en el primer análisis:
EL nuevo baremo, un cachondeo. Ni cursos ni cprs ni seminarios... El tener una licenciatura más, 0,1 (frente a un máster que te da 0,25) (un cachondeo). la EOI a partir de 0,4 en adelante...

Si consigues "sacar la Plaza" ojito --> La fase de prácticas se realizará en un centro que deberá contar con un Plan de Prácticas (jaja, entre que "preparan" al centro y todo, próximas oposiciones 2020) el que, entre otras, figurarán las actividades de formación en el centro que deberá realizar el aspirante, así como la programación de la asistencia a clases y tutorías, en compañía del profesor titular, en las enseñanzas a las que se presenta el candidato.
Además -->La prueba final, de carácter empírico, tendrá por objeto la comprobación de la adquisición de las competencias docentes básicas de aptitud pedagógica delaspirante y de su dominio de las capacidades necesarias para el ejercicio docente. Dicha prueba constara de dos partes, una parte A consistente en la presentación y defensa de una memoria didáctica según lo indicado en el artículo 29.3 y una parte B que consistirá en la preparación y exposición de actuaciones ante un supuesto práctico relacionado con el tipo de alumnado del centro donde se han realizado la fase de prácticas.
Parte A: La memoria didáctica
Parte B: Supuesto Práctico.
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeSáb 04 Jun 2011, 1:19 am

Perdon si está poco claro, pero, el tiempo apremia, así que, doy el relevo para alguien que se "anime" a analizar más aún los entresijos de esta nueva broma
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeSáb 04 Jun 2011, 9:20 am

Buenos días!!

Es un borrador, que tendrán que discutir-negociar con los sindicatos, que no querrán perder lo que aporta mayor porcentaje a sus ingresos.

Tranquilidad, además, tal y como está el patio de la política española en mayo de 2012, si se cambia de partido (que no de tendencia) cambiará todo otra vez, como siempre;;Wink))

Ánimo y saludos a todos-as
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeSáb 04 Jun 2011, 10:28 am

Efectivamente, como muy bien dice Miguel, es sólo un borrador que auguro no llegará a ningún sitio. De momento, los sindicatos ya se han puesto de uñas (salvo UGT claro, por la cuenta que les trae, pero a "esos" [sí, es despectivo...] ya se les vio el plumero hace mucho...).

Concluyendo rápido... esto para el 2012 no está ni de coña... en el 2012, el PSOE salvo milagro no está ni de coña... cualquiera que llegue, se cargará lo propuesto por el anterior partido..., luego.. cualquiera que llegue se cargará esto.

Para que luego digan que la lógica que se estudiaba en 3º de BUP no valía para nada. Como era aquello... si "p", entonces "q".....si, y solo si "p", entonces "q"...

Pues eso... que no perdais tiempo analizando esta nueva ida de olla.

Un saludo!!
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeSáb 04 Jun 2011, 12:46 pm

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/ano/practicas/sera/decisivo/oposiciones/docentes/elpepisoc/20110604elpepisoc_11/Tes
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Oliver
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeSáb 23 Jul 2011, 9:59 am

Segundo borrador.
http://www.feteugt.es/data/images/2011/P%C3%BAblica/PUBBorrador%20nuevo%20RD%20Ingreso.pdf
Ya han cambiado algo.
La prueba A. Por un lado tema entero a elegir entre 2, y 5 preguntas sobre 7 sobre los epígrafes de los temas.
---
Baremo, máximo 5 puntos:
Experiencia docente: Máximo tres puntos.
Formación académica: Máximo tres puntos.
Otros méritos: Máximo un punto. Parece que incluye la formación permanente.
---
Lo dicho, hasta que no sea definitivo, poco a valorar, ya que todo da muchas vuletas.
Saludos
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Maria
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeVie 29 Jul 2011, 12:07 pm

Bueno ahora ha salido este otro RD que regira las opos del 2012 según he leído en un sindicato:

Expongo lo más interesante, los anexos aún los estan renovando, si no se aprueba la oposición no se tendrá en cuenta la fase concurso, todas la pruebas eliminatorias, desarroolo de tema con dos bolas y 5 preguntas de 7, defensa ¿solo? de la unidad didactica (esto no se si lo he entendido bien)

Artículo 20. Carácter de las pruebas.

1. Cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

2. Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos en los Cuerpos de Maestros, de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas se desarrollarán en el idioma correspondiente.

3. En todas las especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, estas habilidades deberán ser evaluadas en alguna de las pruebas.

Artículo 21. Pruebas de la fase de oposición.

En los procedimientos de ingreso a los cuerpos de funcionarios docentes la fase de oposición constará de dos pruebas que se ajustarán a lo que se indica a continuación:

1. Primera prueba.

Esta prueba tiene por objeto la evaluación de los conocimientos científicos propios de la especialidad a la que se opta, tanto desde la perspectiva teórica de los mismos como en lo referido a su aplicación a la práctica docente. Con ella se medirá la formación científica del aspirante. Constará de dos partes, que serán valoradas independientemente.

Parte A: Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema del temario de la especialidad a la que se opte, elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el tribunal y en responder por escrito a 5 de las 7 cuestiones que se le formulen. Estas 7 cuestiones serán extraídas al azar por el tribunal entre los epígrafes en los que estarán subdivididos cada uno de los temas que configuran el temario de la especialidad.

Parte B. De carácter práctico que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las estrategias y habilidades técnicas más convenientes para el ejercicio docente de la especialidad a la que opte.

En el caso de especialidades propias de las Enseñanzas Artísticas que atienden exclusivamente las enseñanzas artísticas superiores, en esta prueba práctica se deberá acreditar, además, la formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las Enseñanzas Artísticas.

Esta primera prueba tendrá una valoración de 0 a 10 puntos, correspondiente a la media aritmética de las puntuaciones de las dos partes. Cada una de ellas se valorará de 0 a 10 puntos, con dos decimales, debiendo alcanzar el aspirante, para el cálculo de la nota media, una puntuación igual o superior a 4 puntos en cada una de las partes. Para la superación de esta prueba se requerirá una puntuación igual o superior a 5 puntos.

2. Segunda prueba.

Esta prueba tiene por objeto la evaluación de la competencia pedagógica y didáctica referida a la función docente de programación y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente de la especialidad a la que se opte. Se medirá en ella la capacidad del aspirante para programar procesos de enseñanza relacionados con el currículo de su especialidad a fin de generar aprendizajes en el alumnado.

La prueba consistirá en la preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica de la programación presentada por el aspirante de uno de los cursos de la especialidad a la que opta. El aspirante elegirá la unidad didáctica de entre dos extraídas al azar por él mismo de su propia programación. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación. En el caso de la enseñanza básica, se hará especial referencia a la contribución que se puede hacer desde esa unidad didáctica a la adquisición de las competencias básicas de la educación obligatoria.

En las especialidades propias de la formación profesional específica tanto del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria como del de Profesores Técnicos de Formación Profesional, la Unidad didáctica se referirá a unidades de trabajo debiendo relacionarse con las capacidades terminales asociadas a las correspondientes unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate.

En las especialidades de Psicología y Pedagogía del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en la de Servicios a la Comunidad del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, los aspirantes podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa y psicopedagógica.

Para la programación de la Unidad didáctica el aspirante dispondrá de una hora y en su exposición oral podrá utilizar los materiales y recursos que considere necesarios y que deberá aportar él mismo. En la unidad didáctica deberán concretarse los objetivos didácticos, los contenidos u objetos de aprendizaje seleccionados, la secuencia de actividades que se propone así como los criterios, técnicas e instrumentos de evaluación. Se valorará especialmente la incorporación de las TIC y la utilización de otros recursos adecuados para la realización de esta Unidad didáctica.

Las Administraciones Educativas publicarán unos criterios de evaluación orientativos de esta prueba para conocimiento de opositores y tribunales.

Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos, con dos decimales, debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a 5,00 puntos.

Artículo 22. Calificaciones.

La puntuación total de la fase de oposición será la media aritmética de las dos pruebas, redondeada a dos decimales, y se considerará superada cuando dicha puntuación sea igual o superior a 5,00 puntos.



CAPÍTULO III
Fase de concurso

Artículo 23. Características de la fase de concurso

1. En la fase de concurso se valorarán, en la forma que establezcan las convocatorias, los méritos de los aspirantes: la formación académica y la experiencia docente previa. En todo caso, los baremos de las convocatorias deberán respetar las especificaciones básicas y estructura que se recogen en el Anexo I de este Reglamento.

2. La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Articulo 24. Puntuación

1. La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 5 puntos, obtenidos mediante la suma de las valoraciones correspondientes a la experiencia docente y a la formación académica y otros méritos según se especifica en el Anexo I.
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MensajeTema: Re: CAMBIA LA OPOSICION?????   CAMBIA LA OPOSICION????? Icon_minitimeVie 29 Jul 2011, 5:43 pm

Yo personalmente creo que las oposiciones serán exactamente igual que como ya son, me explico. Actualmente las únicas oposiciones que hay son las de Madrid, que ya se han adelantado al nuevo real decreto, y creo que el resto de comunidades poco a poco iran haciendo los corta y pega habituales de esta convocatoria que a pesar de las criticas, reclamaciones y demás sigue adelante.

Por lo que seguramente laspróximas oposiciones, en cuanto a pruebas y baremos se ajusten a esta convocatoria.
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